
Ley número 21.738.- Establece un sistema de búsqueda y de alerta prioritaria para la identificación y localización de prófugos de la justicia
La presente ley modifica el artículo 7° de la Ley N° 20.593, que crea el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia, con el objeto de ampliar las entidades con acceso al registro e introduciendo un sistema coordinado de búsqueda para los casos de mayor prioridad.
Entre las modificaciones más relevantes, se incluye la incorporación de la Dirección General de Aeronáutica Civil como entidad con acceso al registro. También se otorga acceso limitado a otros organismos públicos para verificar si una persona se encuentra en el registro, garantizando la confidencialidad de la información.
Además, dispone que en investigaciones o procedimientos penales por crímenes o simples delitos, la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile y el Ministerio Público podrán confeccionar una nómina pública de personas prófugas consideradas prioritarias, incluyendo su nombre, fotografía y detalles del delito. Esta lista será publicada en los portales institucionales de las entidades de orden y seguridad pública y podrá ser divulgada en otros medios, siempre respetando criterios de confidencialidad y protección de datos. Un reglamento determinará los criterios de priorización para la inclusión en esta lista.
En términos de la ley, la publicación de esta información tiene como único fin facilitar la denuncia de las personas prófugas, sin autorizar su detención por particulares.
Finalmente, el Ministerio Público podrá ordenar a las aerolíneas la verificación de la lista pública de prófugos antes del embarque de pasajeros, para efectos de informar si se encuentran coincidencias, como medida adicional para su localización.