
Ley N° 21.850: lo esencial de la ley de reconstrucción y desarrollo
El sábado 17 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.850, para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social. Es una ley amplia, que modifica muchas normas a la vez: impuestos, vivienda, medio ambiente, educación, capacitación y empleo público. Aquí le resumimos lo más importante para personas y familias.
Su primer objetivo es la reconstrucción. El Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028, con un tope de $1,2 billones, y ahora cubre los incendios de Valparaíso de 2024 y de Ñuble y el Biobío de enero de 2026. Sus recursos no podrán usarse en publicidad ni eventos.
Impuestos para empresas e inversionistas
El impuesto de primera categoría del régimen general bajará gradualmente: 27% en 2026, 25,5% en 2027, 24% en 2028 y 23% desde 2029. Además, la ley avanza hacia la reintegración del sistema tributario, eliminando desde 2027 la obligación de restituir parte del crédito por este impuesto.
Las ganancias por la venta de acciones con presencia bursátil dejarán de pagar el impuesto único de 10% y pasarán a ser ingreso no renta. También se crea un estatuto de invariabilidad tributaria para inversiones de al menos US$ 50 millones, que congela las reglas tributarias por 10, 15 o 20 años según el monto invertido.
Para las empresas, hay nuevos beneficios: un crédito de 15% sobre las remuneraciones en empresas que exportan servicios del conocimiento, y un crédito de hasta 150 UTM por trabajador cuando el empleador financie tratamientos de enfermedades catastróficas del trabajador o su familia.
Vivienda
Durante un año, la primera venta de viviendas nuevas quedará exenta de IVA, siempre que la vivienda tuviera recepción municipal definitiva antes de la publicación de la ley. Quienes ya pagaron IVA en compras hechas durante la tramitación del proyecto podrán, en ciertos casos, obtener la devolución a través del vendedor.
Desde el 1 de enero de 2027, las personas de 65 años o más no pagarán contribuciones por su vivienda principal. El beneficio cubre una sola propiedad en todo el país y exige estar al día en los derechos de aseo y presentar una declaración jurada anual ante el SII. Declarar datos falsos se sanciona con multa de 300% del impuesto eludido.
Para viviendas económicas (DFL 2), quien arriende desde la tercera unidad de hasta 90 m² podrá optar por un impuesto único de 5% sobre los arriendos.
Beneficios transitorios con plazo
Donaciones en vida. Por un año, quien done bienes a sus herederos forzosos (hijos, cónyuge u otros legitimarios) podrá rebajar a la mitad el impuesto a las donaciones, por una sola vez. La donación debe hacerse por escritura pública, no puede superar el 50% del patrimonio del donante y queda liberada del trámite de insinuación judicial. Es una oportunidad relevante para planificar la herencia familiar.
Deudas municipales. Quienes deban permisos de circulación, patentes o derechos de aseo de los tres años anteriores a 2026 podrán pedir a su municipalidad la condonación total de intereses y multas, presentando la solicitud dentro de un plazo de doce meses.
Deudas con Tesorería. Por 180 días desde la publicación, personas naturales y pymes podrán regularizar impuestos vencidos hasta el 31 de diciembre de 2025, con condonación de hasta 100% de intereses y 80% de multas si pagan al contado, o convenios de hasta 48 cuotas.
Crédito con Aval del Estado (CAE). Por 90 días, los deudores podrán acceder a convenios de pago de hasta 48 cuotas o reprogramar por única vez sus cuotas morosas.
Bienes en el extranjero. Se abre por doce meses un régimen voluntario para declarar bienes y rentas no declarados en el exterior, pagando un impuesto único de 10%, o de 7% si se traen e invierten en Chile por cinco años.
Otros cambios importantes
- Funcionarios públicos y licencias médicas: incumplir el reposo sin causa justificada (por ejemplo, trabajar o viajar al extranjero) será una falta grave a la probidad, que puede llevar a la destitución.
- Zonas de catástrofe: las empresas de luz, agua y gas deberán reconectar gratis a hogares y pymes cortados por deudas, en un plazo de 24 a 48 horas.
- Capacitación SENCE: la franquicia baja de 1% a 0,7% de las remuneraciones, y las empresas deberán cofinanciar parte de los cursos según el sueldo del trabajador, sin poder trasladar ese costo a él.
- Actos administrativos: el plazo de la Administración para invalidar sus propios actos se reduce de dos años a uno.
- Medio ambiente y patrimonio: se agiliza la evaluación ambiental de proyectos, se limita la duración de las medidas cautelares contra permisos ambientales y se simplifica el aviso de hallazgos arqueológicos.
- Educación superior: se suspende para 2028 y 2029 el ingreso de nuevas instituciones a la gratuidad.
Vigencia
Como regla general, la ley rige desde el 1 de noviembre de 2026. Varias medidas comienzan el 1 de enero de 2027, y los beneficios transitorios tienen plazos de entre 90 días y un año, por lo que conviene no dejarlos pasar.
Si quiere saber cómo le afecta esta ley, por ejemplo para una donación a sus hijos, la exención de contribuciones o la regularización de deudas, en Lepimán Abogados podemos orientarle.
Fuente: Diario Oficial N° 44.576-B, 17 de octubre de 2026 (CVE 2888352).
