
Ley número 21.766.- Establece una excepción a la Ley General de Pesca y Acuicultura, en materia de remanente no consumido de cuotas anuales de captura durante el año 2024
La Ley N° 21.766 introduce una excepción transitoria a la Ley General de Pesca y Acuicultura, permitiendo a la pesca artesanal extraer los remanentes no consumidos de cuotas anuales de captura correspondientes al año 2024, bajo condiciones específicas.
🎣 Pesquerías y regiones involucradas
La medida se aplica a las especies anchoveta, sardina común, sardina austral y merluza austral, en las regiones comprendidas entre Arica y Parinacota y Aysén.
📋 Condiciones de aplicación
Esta excepción solo será válida si las pesquerías no se encuentran en estado de agotamiento o colapso, de acuerdo con el Comité Científico Técnico. Además:
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El remanente no podrá superar el 50% de la cuota global del año anterior.
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Deberá existir un informe técnico fundado de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, basado en antecedentes del Instituto de Fomento Pesquero, y refrendado por decreto exento.
⚓ Imputación y límites
Las capturas realizadas antes o después de la entrada en vigencia de esta ley se imputarán automáticamente al remanente y, una vez agotado, a la cuota del año en curso.
Esta disposición también se extiende al Régimen Artesanal de Extracción.
No serán aplicables las cesiones reguladas en los artículos 55 N y 55 T, salvo las efectuadas durante 2024 y solicitadas antes del 30 de noviembre.
⏳ Plazos para extracción
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Hasta 45 días efectivos de captura posteriores al inicio de las temporadas del año siguiente.
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En el caso de pesquerías sobreexplotadas, el plazo se reduce a 30 días, y el remanente no podrá exceder el 15% de la cuota global del año anterior.
Esta normativa tiene un carácter exclusivamente transitorio, aplicable solo a los remanentes no utilizados durante el año 2024, buscando equilibrar la sostenibilidad de los recursos con la realidad económica del sector artesanal.