
Endurecimiento de sanciones por transporte ilegal de pasajeros
El 20 de diciembre de 2025 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.787, la cual fortalece las facultades de fiscalización y sanción del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en materia de transporte ilegal de pasajeros.
Esta normativa introduce importantes modificaciones a la Ley N° 19.040, ampliando el control sobre quienes presten servicios de transporte remunerado sin cumplir las exigencias legales.
Principales cambios de la ley
1. Cambio de denominación
La ley reemplaza el concepto de "locomoción colectiva de pasajeros" por el de "transporte remunerado de pasajeros", ampliando así su ámbito de aplicación.
2. Nuevas sanciones al transporte ilegal
Se establecen multas más severas para quienes realicen transporte remunerado con vehículos no habilitados:
Propietarios o tenedores del vehículo: multa de 10 a 100 UTM, y en caso de reincidencia, de 20 a 200 UTM.
Conductores no propietarios: multa de 5 a 50 UTM, y en caso de reincidencia, de 10 a 100 UTM, además de la suspensión de la licencia de conducir.
3. Retiro del vehículo de circulación
Carabineros e inspectores fiscales o municipales podrán retirar los vehículos de circulación, quedando a disposición del tribunal. Los costos de traslado y bodegaje serán de cargo del infractor.
4. Sanción a intermediarios
También se sanciona a quienes intermedien o faciliten este tipo de servicios ilegales, con multas que van desde 5 a 50 UTM, aumentando en caso de reincidencia.
5. Multas a usuarios
La ley incorpora sanciones para quienes utilicen servicios de transporte ilegal a sabiendas, con multas de 1 a 3 UTM.
6. Servicios en aeropuertos
Se agrega el artículo 9 bis, estableciendo que los servicios de transporte terrestre que operen con mostradores en aeropuertos solo podrán ofrecer servicios previamente pagados.
Competencia
Las infracciones serán conocidas por los Juzgados de Policía Local, conforme a sus atribuciones generales.
Comentario final
Esta ley busca desincentivar el transporte informal de pasajeros, fortalecer la seguridad de los usuarios y reforzar la fiscalización estatal, incorporando sanciones no solo para conductores y propietarios, sino también para intermediarios y usuarios.
Para quienes prestan servicios de transporte, resulta fundamental revisar el cumplimiento de las exigencias legales vigentes, a fin de evitar multas y otras sanciones asociadas.